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Executive Order Accelerating Safe Nuclear Energy Generation

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Published February 18th, 2026
Detected February 25th, 2026
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Summary

Illinois Governor issued Executive Order 2026-01 to accelerate the development of safe nuclear energy generation. The order aims to support the state's clean energy goals by removing restrictions on new nuclear plants and streamlining processes, building on existing legislation like the Climate and Equitable Jobs Act and the Clean Energy, Reliable Grid Act.

What changed

Governor issued Executive Order 2026-01, dated February 18, 2026, to accelerate the development of safe nuclear energy generation in Illinois. This order builds upon existing state legislation, including the Climate and Equitable Jobs Act (CEJA) and the Clean Energy, Reliable Grid Act (CRGA), which set clean energy targets and provided tools for resource planning. The executive order specifically addresses the need to lift restrictions on new nuclear plant development and streamline processes, acknowledging studies indicating potential capacity deficits and rising energy costs in the coming decade.

This executive order has significant implications for energy companies and government agencies involved in Illinois's energy sector. It signals a proactive approach to meeting the state's 100% clean energy goals by 2050, with a particular focus on leveraging nuclear power as a reliable, carbon-free resource. Regulated entities should anticipate new processes and potential opportunities related to the development, expansion, and upgrades of nuclear generation facilities within the state. Compliance officers should review the order's directives and any subsequent implementing regulations to ensure alignment with state energy policy and objectives.

What to do next

  1. Review Executive Order 2026-01 for specific directives on nuclear energy development.
  2. Assess potential impacts on existing and planned energy projects within Illinois.
  3. Monitor for any subsequent regulations or guidance implementing the executive order.

Source document (simplified)

18 de febrero de 2026 Decreto Ejecutivo 2026-01 DECRETO EJEC UTIVO 20 26 -01 DECRETO EJEC UTIVO PARA ACE LERAR LA NUE VA GENERACIÓ N DE ENERGÍA NUCL EAR SEGURA EN ILLINOI S CONSIDERANDO QUE la Ley Pública 102-0662, conocida como la Ley de Clima y Empleos Equitativos (CEJA), estableció el objetivo del estado de Illinois de tener una economía con energía 100 por ciento li mpia para el año 2050; y, CONSIDERANDO QUE, para promover este objetivo, el estado ha incentivado la energía limpia de múltiples man eras, mediante el apoyo a las plantas nucleares ex istentes; el desarrollo de sólidos programas de eficiencia ener gética; y el establecimi ento de un Estándar de Carte ra Renovable, lo que ha resultado en el desarrollo de miles de megavatios de nuevos proyectos de energ ía renovable; y a través d e una variedad de otras medidas; y, CONSIDERANDO QUE la Ley de Asequibilidad de una Red Limpia y Confiable (CRGA), recientemente promulga da, estableció herra mientas adicionales qu e las agencias estata les pueden utilizar para enfrentar los desafíos de responder a nuestros objetivos d e ener gía limpia, adecuac ión de recursos y asequibilidad; y, CONSIDERANDO QUE las herramientas establecidas en la C RGA incluyen el levantamiento de las restricciones al des arrollo de nuevas plantas nucleares, así como el es tablecimiento de un proceso de Planificación Integrada de Recursos (IRP) que permitirá a las agencias estatales determinar la cantidad y el tipo de recursos para satisfacer las necesid ades identificadas y los procesos para adquirir e sos recursos; y, CONSIDERANDO QUE la agencia conjunta Estudio de Adecuación de Recursos (RA Study) dirigido por CEJA concluyó que tanto PJM Interconnection (PJM) como Midcontinent Independent System Ope rator (MISO), las or ganizaciones regionales de tr ansmisión (R T O) de Illinois que diseñan y administran los mercados de capacidad, proyectan que enfrentarán déficits de capacidad durante la próxima década a causa de las proyecciones de crecimiento de car ga a niveles muy superiores a los observados en los me rcados de PJM o MISO durante los últimos veinte años, salvo que se desarrollen nuevos recu rsos de capacidad ad icionales; y, CONSIDERANDO QUE el RA St udy citó las colas de interconexión de las R TO como una de las barreras más importa ntes para poner en línea a l a nueva generación; y, CONSIDERANDO QUE el RA Study concluyó que las últimas subastas en PJM y MISO establecieron precios de capacidad récord, lo que indica la necesidad de re cursos adicionales y el aumento de los costos pa ra los consumidores; y,

CONSIDERANDO QUE Illinois es la cuna de la prime ra reacción nuclear en cad ena controlada y autosostenida del mundo, orquestada por Enrico Fermi y un equipo de científicos de la Universidad de Chicago el 2 de diciembre de 1942; y, CONSIDERANDO QUE Illinois genera más electricidad a partir de ener gía nuclear que cualquier otro estado, r epresentando una o ctava parte de la gen eración total de ener gía nuclear del país, y que en 2024 l as seis plantas de ener gía nuclear de Illinois, co n once reactores en to tal, produjeron el 53% de la generación neta de electricidad del estado; y, CONSIDERANDO QUE la generación de ener gía nuclear proporciona electricidad confiable y libre de carbono con atr ibutos de suficienc ia de recursos benef iciosos para el esfuerzo d el estado de Illinois por satisfa cer la creciente demanda de electricidad y fomen tar el desarrol lo económico de una manera consistent e con los objetivos ambi entales del es tado; y, CONSIDERANDO QUE, para facilitar el desarrollo de las pri meras nuevas instalac iones nucleares en Illinois en 4 0 años, es necesario com prender el potencial de n ueva generación de energ ía nuclear, la expansión de l a generación de ener gía nuclear existente, y las ac tualizaciones de la generación de ener gía nuclear existente en el estado; y, CONSIDERANDO QUE el desarrollo de este entendimiento también ayudará a garantizar un servicio eléctrico adecua do, confiable, asequib le, eficiente y ambien t almente sostenible al menor costo total a lo lar go del tiempo para los re sidentes de Illinois; y, CONSIDERANDO QUE un A vis o de Consulta (NOI) es una herramienta fundamental que no solo permite la recopila ción de info rmación ana lítica, sino también la re visión y el d esarrollo de soluciones prácticas b asadas en el mercado, a l tiempo que facili ta el descubrimiento de información de un número ilimitado de partes, permite el uso público de la información en procesos continuos de Planificación Integrada de Recursos (IRP) y permite debates continuos con todas las partes in teresadas; y, CONSIDERANDO QUE la Comisión de Com ercio de Illin ois (ICC) tie ne una ampl ia trayectoria en el empleo de A visos de Consulta para revisar cr íticamente la infor mación necesaria para dar forma e impulsar eficaz mente la política ener gética de Illinois en asuntos i mportantes como la determinación del cos t o y los beneficios de la membr esía de las R T O, la preparación d e los servicios públicos d e Illinois para eventos c l imáticos extremos, enfoques exitosos para l a electrificación beneficio sa de la economía de Illinois, la garantía de la asequibilidad de la ener gía y el avance de estrateg ias dentro de los mercado s ener géticos de Illinois diseñadas para incentivar la inversión e n infraest ructura y el cr ecimiento del empleo p ara las trabajadoras y los trabajadores de Il linois; y, CONSIDERANDO QUE la Comisión de Comercio de Illinois y la Agencia de Energía de Illinois (IP A) tienen una exp eriencia sustancial e n política ener gética que las coloca en una buena posición para utilizar un A viso de Consulta para evaluar y presentar sus conclusiones junto con las políticas necesarias p ara influir en los mercad os ener géticos actuales y futuros de Illinois, incluido el papel que podría desempeñar la nueva energía nuclear para garantizar un servicio eléctrico adecuado, confiable, asequible, efi ciente y ambienta lmente sostenible al men or costo total a lo lar go del tiempo pa ra los residen tes de Illino is; AHORA, POR T ANTO, yo, JB Pritzker, gobernador del estado de Illinois, en virtud de la autoridad ejecutiva que me confieren la Consti tución de Illino is y las leyes del estado d e Illinois, por la presente solicito lo siguiente: I. Que la Agencia de Energ ía de Illinois y la Comisión de Comercio de Illinois, dentro de los 60 días a partir de la fecha de este Decreto E jecutivo, y después de co nsultar con otras agencias estatales s egún corresponda, emi tan una NOI a los posible s desarrolladores de nuev as instalacion es de generación de ener gía nuclear que beneficiarán a los con tribuyentes residenciales d e Illinois, cuya infor mación puede incluir, entre otros:

a. T amaño en megavatios de la capacidad nominal y tipo de tecnología de las instalaciones nucleares propuestas, incluido cualquier despliegue de tecnología de reactores modulares pequeños; b. Opciones y marcos de fi nanciamiento para cad a instalación nuclea r propuesta, incluidos los créditos de energ ía limpia solicitados u otras políticas de res paldo estatal, y si la instalación nuclear propuesta está ubicada en el mismo sitio que la carga, o si le vende ener gía directamente a la misma; c. Sitios potenciales para c ada instalación nuclear, incluyendo si la instalació n estaría en una comunida d elegible para inversión de capital; d. Marco de asignación de riesgos financieros; e. Disponibilidad de interconexión a la red; f. Costo y cronograma esperados para poner en funcionamiento la instalación nuclear; g. Si el proyecto está diseña do para abordar necesida des específicas de adecuación de recursos de Illinois; h. Si el proyecto está diseña do para apoyar el desarr ollo económico en Ill inois; i. Necesidades de agua par a la instalación nu clear propuesta y opciones d i sponibles para ubicaciones designadas; j. Necesidades de mano de obra, incluidas las neces idades de capacitación pa r a el desarrollo del personal, los programas que proporciona r á el desarrollador, o las asociaciones con el perso nal o las or ganizaciones sindicales; k. Cualquier acercamien to a las comunidades dond e se ubicarán las pot enciales instalaciones nucleares y cualquier beneficio esperado o propuesto para dichas comunidades; l. Planes de ciclo de vida del abastecimien to de combustible, inclu idos los planes para satisfacer las neces idades de abastecimiento de combustible y gestionar de forma segura la eliminación de desechos; m. Si alguna propuesta incluida en una respuesta a un NOI puede requerir nueva legislación p ara su implementación; y n. Otra información que la IP A y la ICC consideren necesaria para abordar la s necesidades específicas de adecuación de recu rsos de Illinoi s; II. Que la IP A y la ICC también se aseguren que el NOI aborde la posible expan sión o actualización de los sitio s existentes que buscan información similar, según corresponda, en los puntos a) a n) anteriores; III. Que la Universidad de Illinois proporcione conocimientos especializados de la División de Ingeniería Nuclear, de Plasma y Radiológica de su Facul tad de Ingeniería Gr ainger para apoyar a la IP A y ll ICC; IV. Que la IP A considere las necesidades y la capacid ad de personal y consulto res que la agencia puede experime ntar en los próximos 12 a 3 6 meses para asegurar que teng a la escala y la experiencia necesa r ias para facilitar e l desarrollo de nueva gen er ación de energ ía nuclear, la expansión de pl antas de ener gía nuclear existentes o la modernización de plantas de energí a nuclear existentes, incluido el posible establecimiento de nuev as funciones o el desa rrollo de nuevas compet encias básicas; V. Que la ICC, después de consu ltar con otras agencias esta tales según corres ponda, emita un segundo NOI solicitando información a las comunidades interesadas en albergar u na nueva instalación nuclear a fin de identificar al menos un sitio con un fuerte poten cial para alber gar dicha instala ción; dicho NOI podría soli citar, entre otros, informa ción sobre la disponibilidad de tierras, los costos y la disponibilidad de agua, cualquier atributo de desarrollo económico local, el apoyo de los miembros de la comunida d y las partes interesadas clave, la disponibilidad de infraestructura de interconexión, incluídas,

entre otros, las plantas de energía retiradas y en ret iro, y cualquier otra infor mación que la ICC considere necesaria; VI. Que la información obte nida de los NOI descrit as anteriormente se inclu irá en las deliberaciones para el proceso IRP requerido por la CRGA; sin embargo, no se presumirá que la información desarrollada a través de los NOI impondrá ningún resultado particula r del IRP; VII. Que la IP A, la ICC, el Departamento de Comercio y Oportunidades Económicas (DCEO), la Agencia de Protección Ambiental (IEP A), el Departa mento de Recursos Naturales (IDNR), la Agencia de Gestión de Emer gencias -Oficina de Seguridad Nacional (IEMA - OHS), el De partamento de T rabajo (IDOL) y otras agencias según sea necesario, junto con el sistema de la Universidad de Illinois, convoquen a un grupo de trabajo inter institucio nal para emit ir un informe a la Oficina d el Gobernador dentro de los 120 días a partir de la publicación del NOI a los posibles desarrolladores, que aborde las siguientes cue stiones con respecto al d esarrollo de nueva gen eración nuclear o actualizaciones que to talicen al menos do s gigavatios de capacidad, cu ya construcción comenzará en 2033: a. Una revisión de la autoridad leg al y reglamentaria ex istente que afecte a l as nuevas plantas nucleares; b. Cualquier recomendación en materia ambiental, de seguridad, de interconexión u otras regulaciones que s erían necesarias para fac ilitar el desarrollo d e una nueva instalación de generación nuclear; c. Cualquier procedimiento de adquisición que el estado necesitaría adoptar o modificar para ubicar una nueva instalación nuclear, además de las disposiciones de la CRGA; y d. Métodos para evaluar propuestas para nuevas instalaciones nucleares, incluyendo la consideración de la asequibilidad y protección al cliente; el riesgo a corto y largo p lazo para el estad o y los clientes de servi cios públicos; cuest iones de interconexión; y otras cuestiones que las agen ci as consideren apropiad as. Para desarrollar esta info rmación, las agencia s estatales pueden consult ar con grupos externos según sea necesario, incluida la Corporación de Desarrollo Económico de Illinois, empresas y or ganizaciones empresariales interesada s, representantes sind icales y funcionarios locales; VIII. Que el grupo de trabajo interinstitucional, dentro de los 120 días a partir de la publicación del NOI, le suministre a la Oficina del Gobernador un borrador de texto legislativo que sea ap ropiado para permiti r la implementación de las recomendacione s del i nforme; IX. Que la ICC, el DCEO y otras agen cias estatales, según sea n ecesario, convoqu en una discusión centrada en in vestigación y desarrollo sobre temas nuevos y emer gentes de generación de energía nuclear con los laboratori os nacionales y las instituciones de investigación del estado; dichos temas podrían incluir, entre otros: reactores modulares pequeños (SMR), actualizaciones, combustible gastado, uso del agua y tecnologías para plantas nucleares y otros que se consideren necesarios; X. Que la ICC trabaje con la s entidades de servicio d e car ga afectadas y con las Or ganizaciones Regionales de T ransmisión/Operadores Independientes d el Sistema (R TO/ISO) para asegurar la capacidad de cualquier potencial nuevo proyecto de generación nuclear de interconexión a la red, y abordar cualquier problema financiero, técnico o legal que impida una interconexión oportuna y económicamente ventajosa; dicha colabo ración podrí a incluir, entre otras, trab ajar con un R TO/IS O para mejora r los procesos de estudio de interconexión para facilitar la intercon exión rápida d e nuevos

recursos o para asegura r la elegibilidad de la nue va generación nuclear en cualquier vía de interconexión acelerada ofrecida por los R TO; XI. Que el DCEO evalúe las po sibles necesidades de mano de obra para apoy ar la construcción y operación de nuevas instalaciones nucleares, y que desarrolle un plan para abordar cualquier br echa observada en los re cursos de capacitación n ecesarios; XII. Que el DCEO considere financiar un a academia de capacita ción en ener gía nuclear y en gestión de cadenas de su ministro de ener gía nuclear en el presupuesto del añ o fiscal 2027; y XIII. Que el DCEO desarrolle un infor me sobre la cadena de sum inistro de ener gía nuclear que identifique a las emp r esas existentes de Ill inois preparadas para la ex pansión y el crecimiento para septie mbre de 2026. Para desa rrollar este informe, el D CEO colaborar á con el siste ma de la Univ ersidad de I llinois, la C orporació n de Desarrol lo Económico de Illinois, el Centro de Excelencia en Manufactura de Illinois, la Asociación de Fabricant es de Illinois y cualquier otra asociación comer cial según corresponda. XIV. Cláusula de salvaguarda Nada de lo dispuesto en el presente Decreto E jecutivo se interpretará en el sentido de contrave nir ninguna ley o reglam ento federa l o estatal. Nada de lo dispuesto en el presente Decreto Eje cutivo afectará o a lterará los poderes legales existentes de cua l quier agenc ia estatal. XV. Divisibilida d Si alguna disposición de este Decreto Ejecutivo, o su aplicación a cualquier persona o circunstancia, fuera declarado inválido por algún tribunal de jurisdicción competente, esta invalidez no afectará ninguna otra disposición ni la aplicación de este Decr e to Ejecutivo, el cual podrá entrar en vigencia sin la disposición o aplicación inválida. Co n el objeto de alcanzar e ste fin, las disposicion es del presente Decreto Ejecutivo se de claran divisibles. XVI. Fecha de vigencia Este Decreto Eje cutivo tendrá efecto in mediato tras su present ación ante el secretario de es tado. __________________________ JB Pritzker Gobernador Emitido por el gobernador: 18 de febrero de 2026 Presentado ante el secr etario de estado: 18 de feb rero de 2026

Source

Analysis generated by AI. Source diff and links are from the original.

Classification

Agency
Various Federal Agencies
Published
February 18th, 2026
Instrument
Rule
Legal weight
Binding
Stage
Final
Change scope
Substantive

Who this affects

Applies to
Energy companies Government agencies
Geographic scope
State (Illinois)

Taxonomy

Primary area
Energy
Operational domain
Legal
Topics
Nuclear Energy Environmental Policy

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